La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, identifica las situaciones de emergencia social como aquellas constatadas por los servicios sociales comunitarios u otras instancias de las Administraciones Públicas competentes, de atención inmediata a personas o grupos de personas por situaciones de crisis social, catástrofes, accidentes, etc.
En desarrollo de esta Ley, el Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, igualmente define la urgencia y emergencia social, y contempla un procedimiento específico para las solicitudes presentadas por personas en esta situación que acorta significativamente los plazos de tramitación y resolución.
Las personas destinatarias de la Renta Mínima está configurada básicamente por familias con menores a cargo sin derecho a percepción de prestaciones por desempleo. También es un recurso de subsistencia para mujeres víctimas de violencia de género. La paralización de la actividad económica recrudece la situación de insuficiencia de recursos para hacer frente a las necesidades básicas de alimentación y alojamiento.
Desde este Colegio profesional, la actual situación de excepcionalidad y urgencia en la que se encuentran las personas en situación de vulnerabilidad social, planteamos la necesidad de:
- Tramitación de oficio, por el procedimiento de urgencia, de todas las solicitudes aún no resultas, que contempla 5 días para resolverlas por parte de la Administración autonómica.
- Se regule con carácter de urgencia un procedimiento de tramitación de nuevas solicitudes, que permita a personas que además están afectadas por la brecha digital. Una opción podría ser la solicitud de oficio por parte de su trabajadora social de referencia.
- Se proceda a la contratación del personal de refuerzo necesario en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios y la Delegación Territorial
- Por parte de la Administración Autonómica se liberen los créditos suficientes para poner inmediatamente en manos de las familias las rentas pendientes de resolución, que en ocasiones ya acumulaban una tardanza de meses, así como las nuevas que puedan ser solicitadas
Si las personas se ven obligadas a estar confinadas en sus casas, tienen que tener asegurada la cobertura de necesidades básicas. La salud tiene un componente social que ahora más que nunca no puede ser despreciado.