La Agencia Andaluza de la Energía, entidad adscrita a las consejerías de
Presidencia, Administración Pública e Interior y Hacienda y Financiación
Europea, ha publicado la convocatoria del Programa de incentivos para
actuaciones de rehabilitación energética en edificios, coordinado a través del
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), cuyo plazo para
presentar las solicitudes de ayudas comenzará el 17 de febrero de 2021
mediante un procedimiento 100% telemático.
Gestionado por la entidad pública regional y dotado con 49,3 millones para
Andalucía, su finalidad es reducir el consumo energético bajo criterios de
eficiencia y uso de renovables y activar la rehabilitación energética de los
edificios como actividad económica que permita modernizar e incrementar la
competitividad del sector de la construcción andaluz.
La Agencia Andaluza de la Energía, considerando la tipología edificatoria y las
características climáticas de nuestra región en relación con otras zonas de
España, ha adaptado el Programa a la realidad de la comunidad autónoma,
incluyendo el poder realizar intervenciones sobre una parte del edificio, y no
sólo rehabilitaciones integrales como estaba previsto inicialmente en el
borrador de las bases reguladoras estatales, que son más propias de otras
regiones.
El Programa incluye 3 tipos de actuaciones para aumentar la eficiencia
energética del sector de la edificación andaluz, que representa en torno al 20%
del consumo de energía final: mejora de la envolvente térmica para reducir la
demanda energética en calefacción y climatización de los edificios existentes;
mejora de la eficiencia energética y de renovables en las instalaciones
térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria; y
mejora de las instalaciones de iluminación para hacerlas más eficientes.
Estas actuaciones se podrán realizar en viviendas unifamiliares, edificios
residenciales de viviendas colectivas y en otros de uso administrativo, docente,
sanitario, cultural, etc., con un incentivo base del 35 % de la inversión si se actúa sobre el edificio completo o de un 25 % si se hace sobre una o varias viviendas/locales del mismo edificio, teniendo un límite máximo de 6.000 euros por vivienda en el caso de los usos residenciales. En el caso específico de la iluminación, la ayuda será del 15%.
Estos porcentajes se podrán incrementar con un incentivo adicional, de hasta
el 85%, graduado en función de 3 parámetros: criterios sociales (15%
adicional), en el caso de actuaciones que se realicen en edificios de viviendas
calificados bajo algún régimen de protección pública o situados en Áreas de
Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales, así como a los consumidores
que tengan concedido el bono social; eficiencia energética (del 5 % al 15 %),
cuando el edificio consiga calificación final A o B, o incremente dos o más
letras; o cuando se realicen simultáneamente varios tipos de actuaciones (del
10 al 20 % adicional).
Para la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica (actuación
1) se incentivan las soluciones constructivas convencionales que afectan a
fachadas, cubiertas, carpinterías exteriores, vidrios y protecciones solares. En
el caso de soluciones constructivas de arquitectura bioclimática, se apoyan
medidas como muros trombe, invernaderos adosados, sistemas de
sombreamiento o ventilación natural.
La actuación 2, mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en
las instalaciones térmicas, incluye incentivos para sustituir la energía
convencional por energía solar térmica, geotermia o biomasa para producir
agua caliente sanitaria, calefacción, refrigeración y/o climatización de piscinas
en edificios existentes. También ofrece apoyo para soluciones de aerotermia o
hidrotermia de alta eficiencia energética, para sistemas de regulación, control y
emisión de las instalaciones térmicas; así como para sistemas de ventilación
natural y forzada, de enfriamiento gratuito por aire exterior o de recuperación
de calor y del aire de extracción y aprovechamiento de energías residuales,
entre otras.
La tercera tipología de actuaciones que se puede solicitar se dirige a mejorar la
eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, ya sea mediante la
sustitución de luminarias, lámparas y equipos por otras de mayor eficiencia;
instalando sistemas de encendido y regulación del nivel de iluminación, como
el control por presencia, o que permitan el aprovechamiento óptimo de la luz
solar, como el control automático de toldos, persianas o cortinas del edificio; o
reubicación de los puntos de luz para reducir el consumo eléctrico anual.
Todas estas actuaciones de ahorro y eficiencia energética en los edificios
conllevan, por un lado, la reducción del consumo de energía y el aumento de
las condiciones de confort y habitabilidad de los edificios; y, por otro, la
disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero con la
consiguiente mejora de la calidad del aire de las áreas urbanas. Así, se
consigue un triple efecto: la reducción de la factura energética, la mejora de la
salud de las personas, así como condiciones de vida más salubres en las
ciudades.
La Junta convoca las ayudas para la rehabilitación energética de edificios
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