La Consejería orientará esta actividad fundamentalmente a los
proyectos educativos que surjan de la iniciativa privada siguiendo las
pautas marcadas en planes anuales de inspección
La Consejería de Universidad, Investigación e Innovación prepara la orden mediante la
que se habilitará a los secretarios generales provinciales de las Delegaciones
Territoriales de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad,
Investigación e Innovación para desempeñar las funciones de inspección universitaria
en Andalucía. El secretario general de Universidades, Ramón Herrera, y el director
general de Coordinación Universitaria, Lorenzo Salas, han mantenido un encuentro con
estos funcionarios para informarles del estado en el que se encuentra este documento
legal y coordinar el desarrollo de su actividad, que se guiará a partir de planes de
inspección anuales. La publicación de este texto legal permitirá desarrollar por primera
vez en la comunidad esta tarea de control de la actividad universitaria.
La futura Ley Universitaria Para Andalucía (LUPA) que está diseñando el Ejecutivo
andaluz para renovar y actualizar el marco normativo autonómico dará cobertura a la
puesta en marcha de esta figura, que se encargará de velar por el cumplimiento de la
legalidad en ese ámbito. Esta medida, aunque está recogida y reconocida en la actual
ley andaluza, que data del año 2013, no se había puesto en marcha hasta ahora.
Herrera ha explicado que “la orden, cuya aprobación es inminente, será el punto de
partida que dará inicio a la inspección universitaria en la comunidad y para poner en
marcha este servicio se ha optado por la vía que permite actuar con mayor celeridad”.
Según ha aclarado, “se han analizado diferentes mecanismos legales y la asunción de
tareas inspectoras por parte de estos funcionarios es la solución más ágil, ya que
posibilitará actuar al día siguiente de la publicación de esta normativa”.
El secretario general de Universidades de la Junta ha aclarado que “este servicio tendrá
ya encomendada actividad este mismo ejercicio y estará recogida en un primer plan de
inspección”.
De acuerdo con lo establecido en el actual marco normativo autonómico, la inspección
universitaria se encargará de vigilar, con carácter general, que se cumplan los requisitos,
condiciones y compromisos establecidos al crear o reconocer proyectos universitarios o al aprobar la creación de centros o su adscripción o para la impartición de enseñanzas,
en especial de las que lo sean con arreglo a sistemas educativos extranjeros. Esa
actividad estará desempeñada por funcionarios del grupo A1, dependientes de la
Consejería de Universidad, que tendrán, además, la consideración de agentes de la
autoridad. La potestad sancionadora recaerá en cualquiera de los casos en el consejero
de Universidad, José Carlos Gómez Villamandos.
La Consejería de Universidad orientará este servicio de inspección especialmente a los
proyectos educativos que surjan de la iniciativa privada, teniendo en cuenta que las
instituciones académicas públicas cuentan con numerosos mecanismos de vigilancia,
entre los que destacan el control de los Consejos Sociales, las auditorías externas o los
propios informes de la Cámara de Cuentas.
La Universidad habilitará a los secretarios generales provinciales para realizar funciones de inspección universitaria
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