La Guardia Civil recupera los animales al tener conocimiento de la localización en libertad de una tortuga adulta, de considerable tamaño y con un peso superior a los 25 Kg., en el Paraje “Los Gregorios”, próximo a la localidad de Taberno. Los agentes del SEPRONA de la Guardia Civil verifica, que el reptil encontrado se trataba de una Tortuga de espolones africana (Astrochelys yniphora), animal foránea de la zona y protegida por diversa normativa, entre la que se encuentra el Anexo A del Apéndice I del Convenio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (CITES). A continuación, los agentes de la Guardia Civil recopilan diversa información, realizando a la vez un minucioso reconocimiento de la zona de localización del ejemplar, logrando localizar un cortijo próximo, con unas instalaciones preparadas para la cría de animales, entre los que encuentran otros dos ejemplares de la misma tortuga. Tras comprobar los agentes de la Guardia Civil que la persona responsable de la vivienda no puede presentar la documentación de la procedencia legal de los reptiles, al tratarse de una especie protegida, proceden a su incautación y puesta a disposición de la Autoridad competente, indicando ésta a los agentes que otros dos ejemplares de tortuga se había escapado de la instalación. Por otro lado el SEPRONA de la Guardia Civil, advierte que la entrada de animales exóticos e invasores, pone en riesgo y amenaza con destruir la biodiversidad de la Península Ibérica. Observar hoy en día en el territorio español un cangrejo de río, una malvasía cabeciblanca o un visón europeo es casi un milagro. Estas tres especias se encuentran en grave amenaza por la llegada masiva de animales invasores. La procedencia de estos animales invasores son muy variadas como por ejemplo a través del comercio marítimo (barcos), aunque la mayoría de los casos la invasión está provocada por la suelta voluntaria de particulares, como es el caso de las Psitaciformes (cotorra Kramer, Inseparables -Agapornis- o Periquitos), las tortugas de Florida o como en este caso las serpientes (pitón, boa, etc.). Por otro lado el hecho se soltar animales no autóctonos puede constituir las infracciones siguientes:? En el ámbito Penal: Delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos, siempre y cuando la introducción o liberación de estas especies perjudique el equilibrio biológico de la zona.? En el ámbito administrativo: La Ley 8/2003, de flora y fauna silvestres de Andalucía, clasifica como muy grave la infracción consistente en la introducción de ejemplares de fauna silvestre no autóctonos sin autorización (multa de 60.101’22 a 300.506’05 €).? Además la citada Ley dispone que los propietarios responsables de cualquier ejemplar de especies no autóctonas, vienen obligados a adoptar las medidas de seguridad que garanticen el total confinamiento de los mismos, a fin de evitar su fuga y propagación en el medio natural. En caso de que se produzca la citada fuga deberán comunicar este hecho a la Consejería de Medio Ambiente en el plazo máximo de 48 horas (el incumplimiento de este precepto está calificado como infracción grave).
El SEPRONA de la Guardia Civil RECOMIENDA, no obstante, que aquellas personas que posean animales no autóctonos, antes de abandonarlos, se pongan en contacto con la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente o la Guardia Civil (SEPRONA) para hacerles entrega de los mismos, evitando con ello las infracciones anteriormente reseñadas, contribuyendo así a la protección de la biodiversidad y del animal en cuestión.