Para sorpresa de una mayoría del Colectivo Policial y de esta Organización Sindical, el Director Adjunto Operativo de la Policía ( DAO) Comisario Principal, Sr. González Jimenez, ha difundido criterios operativos de la productividad variable en el presente año 2020, entre otros, “Situaciones que motivan la pérdida de la retribución de productividad variable”, se incluye la “Falta al servicio de más de 3 días consecutivos o alternos en un mes, por enfermedad común o accidente no laboral”.
Dicha exclusión es contraria a Derecho y a la jurisprudencia más consolidada en los últimos años bajo la vigencia del Real Decreto-Ley 20/2012, que viene reconociendo expresamente el derecho de los funcionarios del CNP en situación de Incapacidad Temporal por enfermedad común o accidente no laboral al percibo del complemento de productividad variable, en los porcentajes previstos en el art. 9.3 del RD-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Existe una amplia jurisprudencia en los Tribunales Superiores de Justicia, lo que se le ha hecho saber al Director General de la Policía en el día de hoy, y otros órganos de la institución en consecuencia con ese oficio, del D.A.O. es contrario a Derecho, y ha de dejarse sin efecto y corregirse de inmediato, para su adaptación a la normativa y jurisprudencia aplicable.
En su lugar, se ordene al D.A.O. la emisión de nuevos “Criterios Operativos de la Productividad Variable – Año 2020”, en los que expresamente se incluya, entre las “Situaciones que no implican la pérdida del derecho al devengo de la productividad variable”, la de “Falta al servicio de más de 3 días consecutivos o alternos en un mes, por enfermedad común o accidente no laboral”.
En definitiva la Agrupación Reformista de Policías, no pasa por el aro, en defensa de los trabajadores del Cuerpo de Policía Nacional, sentimos la falta de sensibilidad y generosidad de la DAO, de su titular, y la desafortunada intención de detraer unas cantidades económicas que no pueden ser discutibles en favor de los funcionarios del CPN, quienes también como muchos ciudadanos, pueden verse afectados por una baja laboral.