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Economía

Junta y Asempal animan a autónomos y empresas a acogerse a las ayudas a la solvencia empresarial

Por GABINETE DE PRENSA 14 de octubre de 2021
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7 minutos de lectura
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La flexibilización de requisitos de estas subvenciones beneficia principalmente a los trabajadores por cuenta propia

Informar sobre las últimas mejoras introducidas en la normativa que regula las subvenciones a la solvencia empresarial financiadas con fondos estatales y animar a autónomos y empresas de Almería a solicitarlas hasta el 20 de octubre: ha sido el doble objetivo de un webinar organizado por la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, su Delegación Territorial y la Confederación Empresarial de la Provincia de Almería, Asempal, en el marco del programa CEA+Empresas, que tuvo lugar en la mañana de ayer.

 

Emilio Ortiz, delegado territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, explicó que la Consejería de Empleo ha recogido las modificaciones realizadas por el Gobierno de España en la normativa reguladora de estas ayudas en un nuevo Decreto Ley 21/2021, que ayer fue convalidado por el Parlamento de Andalucía. Asimismo, destacó que “la Consejería de Empleo hará todo lo posible para que los 1.109 millones de fondos estatales lleguen al mayor número de empresas y autónomos, a pesar de las dificultades para tramitar estas ayudas por el exceso de requisitos que contiene”.

 

Ortiz López señaló, en este sentido, que “la Junta es consciente de las dificultades que han pasado y siguen pasando empresas y autónomos y por ello ha tratado de dar respuestas ágiles y urgentes que amortigüen las consecuencias económicas de la pandemia”, entre las que enumeró los 9,7 millones de euros abonados a 14.600 autónomos de Almería por la Consejería de Empleo en 2020; los 7 millones en ayudas directas a más de 2.800 pymes del comercio, la artesanía y la hostelería de la Consejería de Transformación Económica; y otras medidas que se han demostrado eficaces y que tienen segunda convocatoria abierta, como las de mantenimiento de empleo para empresas afectadas por ERTE (que ya han beneficiado a más de 2.000 empresas y autónomo de Almería con 7,3 millones en ayudas) o las que amplían la tarifa plana estatal de autónomos, que en la provincia han llegado a un millar de autónomos con 2,2 millones concedidos.

 

Por su parte, el vicepresidente de Asempal, Luis Escámez Martín, manifestó que es esencial dar a conocer y difundir las modificaciones de estas ayudas para que lleguen en su totalidad al circuito de la actividad empresarial, ya que, gracias a esto, algunas empresas que siguen estando muy necesitadas pueden tener acceso a ellas. Igualmente, indicó que, “aunque se han relajado algunos criterios y requisitos, todavía siguen siendo excluyentes para bastantes empresas, pero a pesar de ello es necesario sacarles el máximo partido posible a estas ayudas”. Luis Escámez valoró además positivamente la labor de difusión de la Consejería de Empleo para ayudar a pymes y autónomos.

 

Pocos requisitos para los autónomos ‘por módulos’

 

Las subvenciones son bastante accesibles a los trabajadores autónomos acogidos al régimen de estimación objetiva, conocida popularmente como tributación por módulos, a los cuales no se les exige que demuestren una disminución del 30% del volumen operaciones y no tener pérdidas en 2019: para solicitar las ayudas, solo deben estar encuadrados en las actividades económicas subvencionadas y estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad social o con otras administraciones públicas.

 

Entre las principales modificaciones incluidas en el Decreto ley autonómico, que se encargó de presentar en el webinar Adolfina Martínez, comisionada del Plan Director de Ordenación de las Políticas Activas de Empleo y Relaciones Laborales de Andalucía, se encuentra la ampliación en cuatro meses, desde el 31 de mayo hasta el 30 de septiembre del plazo de cobertura con respecto a la deuda o los costes fijos que pueden acogerse a las ayudas. Igualmente, se permite a los anteriores beneficiarios de la ayuda que puedan modificar su anterior solicitud para poder acceder a esta flexibilización de los requisitos.

 

El decreto permite también solicitar la ayuda presentando la compensación de costes fijos ya pagados, además de las deudas, pagos a proveedores y otros acreedores, siempre y cuando se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2020.

 

Con esta ampliación se podrá subvencionar entre otros, los suministros (por ejemplo luz, agua, teléfono e internet, gas, otros combustibles como el gasóleo en el caso de los taxista), alquileres, renting, mantenimiento de equipos y vehículos, tasas y licencias municipales, seguros relacionados con la actividad económica, gastos de gestoría y todos los costes fijos articulados con terceros mediante contratos de servicios (es el caso de los gastos de limpieza, servicios de vigilancia, mantenimiento de servicios informáticos, entre otros).

 

Se incluyen también las pérdidas contables como objeto de subvención, pero son incompatibles con la petición de la ayuda por las otras dos tipologías de gastos: gastos y deudas pendientes de pago y compensación de costes fijos ya pagados.

La cuantía de la subvención se mantiene en la horquilla de 3.000 a 200.000 euros, dependiendo de distintas variables como la disminución de las operaciones en 2020, el número de empleados o el régimen de tributación.

GABINETE DE PRENSA 14 de octubre de 2021
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