El fallo del juez Jesús Rivera, titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2, ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el demandante frente a la desestimación que, en su día, resolvió el Consistorio ante su solicitud de reclamación de 111.000 euros “por responsabilidad patrimonial”.
El fallo, comentó ayer el abogado de Garrido, condena al Ayuntamiento de Almería “por favorecer a una promotora privada a la que se le dio licencia atemporal para ocupar una calle para hacer obras, sin tener en cuenta a los vecinos o los negocios existentes”. Como, a su juicio, el permiso municipal “no fue del todo regular, la responsabilidad de los daños, ha considerado el juez, es del Ayuntamiento”.
La sentencia no ha resultado, sin embargo, satisfactoria del todo para Garrido, puesto que el magistrado no ha considerado los daños morales causados por los perjuicios económicos derivados por el corte de la calle.
“Las obras me hicieron mucho daño económicamente, pero moralmente no he levantado cabeza”. De hecho, el hostelero se vio obligado, después de diez años, a cerrar un negocio que “funcionaba muy bien”. No en vano, explica que su bar estuvo, “desde julio de 2003 hasta noviembre de 2005, rodeado de una valla metálica y una tela oscura, sin alumbrado público, y lleno todo de tierra y escombros”.