A petición de un numeroso grupo de vecinos propietarios de perros, y en general defensores de los derechos de los animales, Izquierda Unida de Roquetas de Mar quiere elevar una propuesta al Ejecutivo local para que estudie comenzar a implantar zonas de esparcimiento para perros así como “pipicanes” de modo que se mejoren las condiciones de bienestar de estos animales y dar un nuevo servicio que redundará en una mejor conservación de la limpieza de aceras y parques.
En efecto, “creemos que es mucho más efectivo ejercer un control sancionador a aquellos propietarios de perros que ensucien el espacio público si primero se les ofrecen sitios donde dirigir a sus canes para que hagan sus necesidades en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias. Hoy por hoy, Roquetas carece de estas facilidades que, sin duda, crearían hábitos para desterrar definitivamente los excrementos en las aceras”, según se informa desde el consejo local. Los llamados “pipicanes” son pequeñas superficies absorbentes, conectadas a la red de saneamiento, que pueden ser ubicadas con facilidad, y adecuado número, en calles y en las proximidades de Paseos y Parques.
Así mismo se plantea el uso de los espacios libres por parte de los perros, siendo un tema polémico donde existen muchos matices entre los que abogan por un espacio compartido y una educación de los propietarios; y entre aquellos que, atendiendo a experiencias traumáticas, prefieren un clara separación (sobre todo ante la presencia de niños).
Ante esto, desde IU Roquetas creemos que una solución de consenso podría ser, como primer paso, habilitar zonas para la suelta de perros (en presencia de sus propietarios) dotadas de características propias de un espacio tipo plaza (vallado, sombra, árboles, bancos, alumbrado, etc.), pero nunca restando superficie a las ya existentes. Para esto son ideales solares baldíos o zonas aun sin urbanizar, creando así nuevos equipamientos de encuentro vecinal que seguramente serán bienvenidos por los ciudadanos a la hora de hacer el paseo diario de sus mascotas.
Recordamos al Ejecutivo Local que dotar de estos equipamientos para el bienestar animal es una obligación de los Ayuntamientos, en virtud a los estipulado en el Artículo 15 de la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales, donde se especifica que “Las Administraciones Públicas deberán habilitar en los jardines y parques públicos espacios idóneos debidamente señalizados tanto para el paseo como para el esparcimiento de los animales. Igualmente, cuidarán de que los citados espacios se mantengan en perfectas condiciones de seguridad e higiénico-sanitarias.”