La Ley establece que las obligaciones de pago sólo serán exigibles a la Hacienda Local cuando resulten de la ejecución de sus respectivos presupuestos o de sentencias judiciales firmes, pero según el Artículo 4.1de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local los actos de los Ayuntamientos gozan de presunción de legitimidad y de la ejecutividad de sus actos, por lo que el acuerdo asumiendo compromisos de gastos, aunque lo haga más allá de las consignaciones o sin la previa existencia de ellas, es aparentemente legal y ejecutable.
Esos 25.580.000 euros aprobados por quienes gobiernan nuestro Ayuntamiento como deuda extracontable, se deben entre otras cosas a los intereses de la deuda que Don Luis Rogelio y su equipo de gobierno mantienen con la empresa concesionaria del servicio de Limpieza en nuestra ciudad y que motivó una subida de tasas que en algún caso supuso hasta un 300%. Si a todos los almerienses nos cobran en tiempo y forma las tasas correspondientes, ¿qué pasa con nuestro dinero?
Haciendo cuentas esto supone un gasto diario de casi 12 millones de pesetas que podrían servir para muchas cosas y del que nadie se responsabiliza, igual que el Grupo Popular de Diputación hizo allí la propuesta, yo se la traslado a nuestro querido Ayuntamiento, se podría aumentar la deuda extracontable en 2 millones de euros y destinarlos a la curación de uno de nuestros vecinos, un niño que sufre una rarísima enfermedad que se llama Juanma, así todos sus convecinos colaboraremos a su curación, será una muy buena inversión.
Ayuntamiento de Almería: deuda extracontable
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